Desistimiento, inadmisión y rechazo: diferencias esenciales en los trámites de visa en Colombia
- Juan José Galindo

- 12 nov 2025
- 6 Min. de lectura
Actualizado: 31 dic 2025

Enfrentarse a un proceso de solicitud de visa puede ser estresante y generar incertidumbre en el solicitante, pues no solo está en juego la visa como tal, sino todo un proyecto que está detrás, como puede ser una inversión, un matrimonio, un negocio o un plan de retiro.
Cuando se recibe una respuesta por parte de Cancillería y esta no es una aprobación, sino una inadmisión o rechazo, esto puede generar dudas, miedos, inseguridades y frustraciones frente a como continuar con el proyecto. También puede pasar que consultando el estado de solicitud aparezca que esta ha sido desistida, causando confusión en el usuario que espera al menos obtener una respuesta sobre el resultado de su solicitud.
La intención de este artículo es precisamente ofrecer claridad frente a estos términos, sus implicaciones, y con que opciones cuentan los solicitantes de visa en Colombia cuando se encuentran en estas situaciones.
Qué significa cada concepto según la normativa vigente
La Resolución 5477 de 2022 del Ministerio de Relaciones Exteriores distingue claramente estos términos y sus consecuencias jurídicas, a continuación, lo más relevante:
Desistimiento
Podría definirse el desistimiento como la inacción del solicitante frente a un plazo establecido por Cancillería. En la normativa se contemplan tres escenarios de desistimiento, los cuales son:
1. Pago del estudio de visa: una vez se presenta la solicitud de visa, el solicitante tiene un plazo de diez (10) días calendario para pagar la tasa de estudio de la aplicación para que Cancillería revise la solicitud. Si el pago no se realiza este plazo, la solicitud se entenderá desistida y deberá presentarse nuevamente.
2. Pago de la expedición de la visa: en caso de aprobación de la visa, el solicitante tiene un plazo de diez (10) días calendario para pagar la tasa de expedición de la visa para que Cancillería expida la visa y se la envíe al solicitante. Si el pago no se realiza este plazo, la solicitud se entenderá desistida y deberá presentarse nuevamente, lo que implica pagar nuevamente la tasa de estudio sin que la aprobación inicial sea garantía de una nueva aprobación, ya que la solicitud vuelve a ser revisada.
3. Respuesta a requerimiento: durante el trámite de visa Cancillería puede solicitar documentación o información adicional mediante requerimiento por correo electrónico, caso en el cual se cuentan con (10) días calendario para responder, pasado este plazo la solicitud se entiende desistida y finaliza el trámite, debiendo presentar nuevamente la solicitud y pagar la tasa de estudio.
Inadmisión
La inadmisión es un pronunciamiento de Cancillería mediante el cual se decide no continuar con el trámite de la visa, con la salvedad de que el solicitante puede presentar una nueva solicitud.
Normalmente la inadmisión se debe a cuestiones de forma y documentación sin llegar a un estudio de fondo completo. Cancillería menciona de manera enunciativa como causales de inadmisión cuando la solicitud no cumple con requisitos, cuando existe incongruencia entre la actividad que se propone realizar el solicitante y el tipo de visa solicitado o cuando el extranjero presente su solicitud ante una autoridad consular equivocada.
De igual forma, Cancillería también aclara en la Resolución 5477 de 2022 que la inadmisión puede hacerse de manera discrecional por parte de la autoridad visas, lo que puede suceder cuando no se cuenta con un caso sólido que permita establecer claramente las intenciones del solicitante.
Como se mencionó anteriormente, la inadmisión no impide que el solicitante inicie un nuevo trámite, sin embargo, es importante que en este nuevo trámite se corrijan los aspectos que generaron la inadmisión en un primer momento, ya que presentar nuevamente la misma documentación en las mismas circunstancias, probablemente volvería a causar una inadmisión o incluso una negación.
Rechazo
El rechazo o negación de la visa ocurre cuando después de revisado el caso, Cancillería opta por negar la visa en virtud de su facultad discrecional. Con la negación termina el trámite de la solicitud, y si el solicitante se encuentra en Colombia este deberá abandonar el país dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la negación.
El solicitante podrá presentar una nueva solicitud pasados seis (6) meses del rechazo de la visa, y esta deberá tramitarse desde su país de nacionalidad o residencia legal permanente.
Cancillería menciona de manera enunciativa como causales de rechazo las infracciones a la normativa migratoria, en especial, el ingreso al territorio nacional de manera irregular evadiendo el control en los puestos de control migratorio, así como la permanencia irregular, y otros tipos de infracciones legales migratorias o penales.
Cabe destacar que en la Resolución 5477 de 2022 se establece que frente a las decisiones en materia de visas no proceden recursos administrativos en consideración a la facultad discrecional de Estado colombiano para autorizar el ingreso y permanencia de extranjeros en el territorio nacional.
Aun así, la jurisprudencia ha señalado que esta facultad discrecional no es sinónimo de arbitrariedad, por lo que en casos notablemente arbitrarios podría acudirse al sistema de justicia para resolver dicha situación, aunque esto es una medida excepcional que depende de las particulares del caso específico.
Diferencias prácticas entre desistimiento, inadmisión y rechazo de visa en Colombia
En resumen, el siguiente cuadro puede ilustrar estas tres figuras, sus causas, consecuencias y recomendaciones a tener en cuenta:
DESTIMIENTO | INADMISION | RECHAZO | |
CAUSA | Inacción del solicitante | Decisión de forma de Cancillería | Decisión de fondo de Cancillería |
CONSECUENCIA | Finaliza el trámite, puede presentarse una nueva aplicación | Finaliza el trámite, puede presentarse una nueva aplicación corrigiendo los motivos de inadmisión en la nueva solicitud | Finaliza el trámite, no proceden recursos. |
NUEVA APLICACIÓN | Puede presentarse Inmediatamente después del desistimiento | Puede presentarse Inmediatamente después d la inadmisión. | Debe presentarse seis (6) meses después del rechazo |
RECOMENDACIONES | Revisar y estar pendiente de los plazos establecidos por Cancillería | Revisar la forma y documentación presentada para subsanar los motivos de inadmisión | Acatar la decisión y cumplir la normativa migratoria para aumentar las posibilidades de aprobación de una nueva solicitud. |
¿Cómo evitar el desistimiento, inadmisión, o rechazo?
Enfrentarse a un desistimiento, inadmisión o rechazo puede ser complejo, por lo que destacamos tres estrategias para reducir estos riesgos.
Preparación documental previa
Revisar la documentación que se va a presentar en la solicitud es crucial para reducir los riesgos de inadmisión y rechazo. También resulta clave revisar los requerimientos presentados por Cancillería para poder responderlos oportunamente y así evitar un posible desistimiento.
Cumplir con la normativa migratoria y plazos establecidos por Cancillería
La permanencia irregular e incumplimiento de normas migratorias puede ser una causal de inadmisión o rechazo, por lo que el solicitante debe cerciorarse de no estar incurriendo en ninguna infracción dentro del territorio colombiano.
De igual forma, es importante cumplir con los plazos establecidos por Cancillería ya sea para el pago de tasas o respuestas a requerimientos, evitando contratiempos y reprocesos.
Asesoría jurídica integral
Aunque para el trámite de visa no se requiere actuar a través de abogado, la asesoría de un experto en materia migratoria puede hacer la diferencia entre un desistimiento, inadmisión o rechazo y una aprobación, pues este profesional tiene la experiencia para armar un caso sólido y así aumentar las probabilidades de éxito de este.
Adicionalmente, un abogado experto en derecho migratorio está al tanto de las infracciones migratorias y plazos que deben tenerse en cuenta, previniendo al solicitante de incumplir por desconocimiento, manteniendo la seguridad jurídica y confianza del solicitante.
Consideraciones finales
El desistimiento, inadmisión o rechazo de visa en Colombia hacen parte de los riesgos en los procesos migratorios, por lo que su gestión adecuada resulta fundamental para aumentar las probabilidades de éxito del trámite y aprobación de la visa.
¿Tu solicitud fue inadmitida o rechazada y no sabes cómo proceder?
En JG Lawyers analizamos tu caso y te orientamos sobre el momento y la forma adecuada para volver a aplicar.
Preguntas frecuentes sobre el desistimiento, inadmisión o rechazo
¿Hay sanciones por el desistimiento, inadmisión o rechazo?
No. Ni el desistimiento ni la inadmisión ni el rechazo generan sanciones migratorias o administrativas. Aun así, es importante cumplir con la normativa migratoria frente al ingreso y permanencia en el país de forma legal, ya que infracciones en estos aspectos si podrían generar sanciones y afectar el proceso de visado.
¿Cancillería tiene en cuenta el desistimiento, inadmisión o rechazo al momento de presentar una nueva solicitud?
Depende. En los casos de desistimiento, la solicitud simplemente se cierra sin registro, por lo que no afecta futuras solicitudes.
Por otra parte, tanto la inadmisión como el rechazo quedan registrados en la base de datos de Cancillería, lo que significa que la autoridad puede consultar el historial del solicitante y tener en cuenta los antecedentes al evaluar una nueva solicitud. Por eso, si tu visa fue inadmitida o rechazada, es importante analizar las causas y ajustar la documentación o la narrativa del caso antes de volver a aplicar.
¿Puedo solicitar un reembolso si mi visa fue inadmitida o rechazada?
No. Las tarifas consulares no son reembolsables, ya que cubren el estudio administrativo de la solicitud, mas no su resultado. Por eso, una preparación jurídica previa puede evitar pérdidas económicas innecesarias.




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